Los administradores en nuestro ordenamiento jurídico poseen como fuente para desenvolver sus funciones los estatutos sociales y la Ley. Las sanciones de los administradores están canalizadas por la legislación colombiana, inician en el Código de Comercio, pasan por el Estatuto Tributario, por un sinnúmero de leyes y terminan en el Código Penal; las cuales se aplican sin perjuicio que respondan patrimonialmente