ImpactU Versión 3.11.2 Última actualización: Interfaz de Usuario: 16/10/2025 Base de Datos: 29/08/2025 Hecho en Colombia
La convivencia mínima como requisito esencial para el reconocimiento de la pensión de sobreviviente frente al pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia en los años 2018 - 2021 /
La pensión de sobreviviente es una de las prestaciones a cargo del sistema de pensiones en Colombia, la cual fue instituida para proteger al núcleo familiar ante la contingencia derivada de la muerte, ya que al fallecer el afiliado o el pensionado dejarían de ingresar al hogar los recursos que este recibía de su salario o su mesada pensional. Para el acceso a esta prestación en favor de los cónyuges o compañeros permanente se estableció como exigencia un mínimo de convivencia, como una forma de prever que quien será beneficiario sí estuvo con la persona en su muerte, lo ayudo, se socorrieron mutuamente. En virtud de ello, en este trabajo se planteó como objetivo general analizar las exigencias actuales de la jurisprudencia y la ley sobre el requisito de la convivencia mínima para el reconocimiento de la pensión de sobreviviente en Colombia. Para el desarrollo del objetivo se propuso una investigación de tipo jurídica, del enfoque cualitativo, del método interpretativo y de la técnica de revisión bibliográfica. Como resultado se pudo establecer que, la convivencia es un requisito fundamental para que se reconozca al cónyuge o compañero (a) permanente la pensión de sobreviviente, el cual debe ser de mínimo 5 años antes de la muerte, en especial porque el concepto de familia ha evolucionado, han surgido pluralismos de relaciones, por lo que se ha previsto que hasta cuando hay pluralidad de relaciones se pueden beneficiar a ambas proporcional al tiempo convivido. El trabajo.