Los servicios de salud deben responder, al menos, a tres grupos de pacientes con potencial suicida, de acuerdo al riesgo y clasificación de la conducta; el primer grupo corresponde a los pacientes con ideación suicida manifestada o después de hacer un intento de suicidio, el segundo grupo comprende los pacientes con diagnóstico de enfermedad mental, sin intencionalidad suicida conocida y un último grupo de pacientes es aquel que asiste con una patología física específica, pero que presenta un riesgo de suicidio oculto o silente. Un desafío para el sistema de salud, con este tipo de pacientes, tiene que ver con la accesibilidad a servicios oportunos, integrales e integrados, acordes a la humanización del servicio que busca la normatividad en salud en Colombia. Los servicios tanto hospitalarios como extra hospitalarios tienen una responsabilidad en la atención de los pacientes con conducta suicida, ya que son los primeros sitios donde los individuos asisten.