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Análisis de las categorías de potestad reglamentaria del Presidente de la República, potestad compilatoria, derogación, subrogación normativa y principio de legalidad a partir del estudio del DUR 1070 de 2015
A partir del año 2015 fueron expedidos los Decretos Únicos Reglamentarios – de ahora en adelante DUR - con base en la facultad reglamentaria del Presidente de la República (numeral 11 del Artículo 189 de la Constitución Política de Colombia) (Pueblo de Colombia, 1991) y tienen la finalidad de compilar todas las normas reglamentarias de cada sector administrativo a fin de facilitar su acceso y consulta, pudiendo ser modificadas o suprimidas algunas de sus disposiciones, teniendo en cuenta su pertinencia, actualidad o desarrollo jurisprudencial. En la actualidad existe una discusión relacionada con la vigencia y efectos que producen las normas de origen que han sido dispuestas en los textos únicos, ya que el Consejo de Estado considera que las normas fuente siguen vigentes y produciendo plenos efectos, pese a los artículos de derogatoria integral insertos en cada DUR.