La promulgación de la ley 1676 de 2013 “Por la cual se promueve el acceso al crédito y se dictan normas sobre garantías mobiliarias”, llevaba consigo un inevitable cambio en el sistema jurídico nacional, en lo que refiere al contrato de prenda; negocio jurídico que tiene sus cimientos en el derecho romano y que parece sucumbir al cambio normativo producto del acogimiento de ley modelo de la OEA sobre garantías mobiliaria. Para el caso particular, esta tesis abarcará la ley de garantías mobiliarias en punto a sus implicaciones contractuales frente al contrato de prenda, en sentido de determinar el tipo de derogación expresa, tácita o por regulación integral, que operó. (texto tomado de la fuente)