La pensión de sobrevivientes constituye una prestación económica cuya finalidad es la protección de los dependientes de un trabajador afiliado al sistema de seguridad social ante la contingencia de la muerte, de tal manera que con su fallecimiento estos no queden desamparados y sin ese sustento del cual dependen. Se establece en la regulación los requisitos para su reconocimiento, las modalidades en que esta se presenta y los beneficiarios que tiene derecho. Sin embargo, no se profundiza en la convivencia simultánea y la procedencia que debe tenerse ante este fenómeno pese a estar de por medio los derechos fundamentales de los involucrados. Con la investigación se estudió dicho fenómeno con el objetivo principal de identificar los criterios y factores que tienen en cuenta los jueces para tomar las decisiones en estos casos. Se realizó el estudio desde el paradigma cualitativo, una tipología explicativa y un corte bibliográfico documental. Con el análisis se comprueba, en primer lugar, que los criterios corresponden al material y sociológico, que están fundamentados en los principios constitucionales, y se propone a partir de lo estudiado la sustitución pensional provisional como una iniciativa para integrarlos y dar una protección a los beneficiarios desde lo legislativo; en segundo lugar, se determina cómo opera la división de la pensión explicando con detalle este proceso de manera lógica matemática; y en tercer lugar, se realiza el análisis respecto a la protección de los derechos fundamentales de acuerdo con los criterios identificados. Se concluye que resulta negligente la insuficiencia de la norma frente a esta realidad que incluso puede transgredir lo consignado en la Carta Magna al perpetuar la exclusión de quienes no encajan en el concepto que tradicionalmente se ha tenido de la familia.