El Rector de la Universidad Autónoma de Bucaramanga, UNAB, en uso de sus facultades legales y en particular de las prescritas en el Estatuto General de la Corporación, considerando que: 1. La Junta Directiva de la Corporación Universidad Autónoma de Bucaramanga, mediante Acuerdo No. 065 de Septiembre 23 de 2008, aprobó el Reglamento Estudiantil de Posgrados; 2. Según el literal a) del Artículo 31 del Estatuto General de la Corporación corresponde al Rector cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias vigentes.