El presente trabajo es el análisis de la aplicación de los principios constitucionales tributarios de equidad e igualdad, en el parágrafo 5 del artículo 240 del estatuto tributario, a partir de la reforma que le hace la Ley 2068 de 2020. Esta modificación plantea una reducción del impuesto anual sobre la renta del 32% al 9%, y se encuentra sujeta al cumplimiento de requisitos de difícil cumplimiento para todos los actores relevantes del turismo cultural; este pretende el desarrollo sostenible de las regiones que tiene como economía la explotación de sus culturas, los ecosistemas que habitan, los conocimientos ancestrales y los servicio basados en el desarrollo intelectual tal como lo presenta y lo promueve la política de economía naranja. Con esta investigación se busca encontrar una respuesta clara y concreta del por qué y del cómo se dejan de aplicar los principios constitucionales de equidad e igualdad dentro de la ley 2068 de 2020 que modifica la ley general del turismo y que reforma al Estatuto Tributario en el parágrafo 5 del artículo 240, modificación que sería trascendental para el desarrollo del turismo cultural dentro de la economía naranja si no dejara de lado los principios constitucionales tributarios de equidad e igualdad frente a integrantes y actores que hacen parte fundamental del turismo cultural.