Se aborda como hipotesis a demostrar que el acto jurídico del traslado de régimen pensional, no solo es susceptible de ser invalidado en cualquier tiempo, ante la presencia de un vicio dentro de los elementos esenciales del acto jurídico, sino también, de ser declarado ineficaz, al margen del estatus jurídico en que se encuentre la persona, bien se trate afiliado o pensionado del RAIS. Lo anterior halla su justificación en la necesidad de establecer de forma jurídica, jurisprudencial y doctrinal las diferentes posibilidades que tienen los colombianos para restablecer los derechos vulnerados con el acto jurídico del traslado.