Este trabajo aborda el tratamiento que en el ordenamiento juridico colombiano y en la doctrina y jurisprudencia patrias se le debe dar a la responsabilidad civil profesional de las sociedades fiduciarias, derivada de sus actuaciones como fiduciarios, bajo un prisma que esta dado por las claves interpretativas que nos ofrecen tanto los textos y la propia tradicion juridica anterior a la redaccion del Codigo Civil como las actuales directrices del Derecho constitucional en punto a la libertad de empresa en el Estado social de derecho y del derecho de obligaciones y contratos al servicio de un trafico comercial bien distinto al regulado por las formulas insertas en el Codigo Civil. Asi, con un enfoque dogmatico y practico, procuramos que la determinacion de la naturaleza y caracteristicas de la responsabilidad civil de las sociedades fiduciarias tengan una definicion precisa en terminos juridicos, habida cuenta que la doctrina y la jurisprudencia patrias no han sido muy prolificas en la determinacion del contenido y alcances de la culpa como criterio de imputacion de la responsabilidad civil del fiduciario, amen de que no se les ha prestado la atencion debida al tema de la diligencia y a las figuras del buen padre de familia y del artifex, con miras a determinar la procedencia de sus aplicaciones en la contratacion fiduciaria. El eje normativo sobre el que gira este estudio se sustenta en el hecho de que la responsabilidad de las instituciones financieras en general y, en particular, de las sociedades fiduciarias es una responsabilidad que compromete el orden publico economico. De ahi que el desideratum sea que en sus actuaciones profesionales a las sociedades fiduciarias se les exija el maximo grado de diligencia segun el modelo del artifex, de manera que se elimine cualquier posibilidad de continuar confundiendo la normal prevision exigible al fiduciario con la simple diligencia de un hombre cuidadoso, como ha venido ocurriendo hasta ahora.