El Estado Colombiano a traves de las instituciones administrativas actua como agente retenedor de impuestos a favor de la hacienda publica; en aras del cumplimiento de esta funcion, se debe asegurar el pago oportuno de todas las obligaciones tributarias a las que estan sujetos los contribuyentes segun lo determina la ley; en este contexto el actor principal es el contribuyente, sin embargo, cuando el titular de la obligacion cesa el pago de sus obligaciones por diversas causas se hace necesaria la vinculacion de terceros o deudores solidarios. Es por esto, que segun lo planteado por Mancilla (2009), la solidaridad podria definirse como una modalidad de obligacion asumida por una multiplicidad de sujetos que adquieren la obligacion de pagarla; en consecuencia el deudor solidario es aquella persona a quien se le puede exigir legalmente el pago de una obligacion pecuniaria contraida por un deudor titular, por tal razon el deudor solidario esta obligado a pagar si asi lo exige el acreedor o ente recaudador. Por consiguiente, en la legislacion colombiana se refiere al tema en el Decreto 624 del 30 de Marzo de 1989, mediante el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados para la Direccion General de Impuestos Nacionales y el cual establece el procedimiento administrativo coactivo; de igual forma con la Ley 1437 de 2011 el Honorable Consejo de Estado realizo el proyecto de ley para que ante lo contencioso en el caso especial que se requiera; se pueda acudir ante esa jurisdiccion, finalmente el Honorable Consejo de Estado se ha pronunciado en varias oportunidades dejando constancia respecto del tiempo o el termino en que se debe vincular al deudor solidario para reconocer las obligaciones y la finalidad que tiene el mandamiento de pago como acto administrativo una vez agotada la via gubernativa. Atendiendo lo dispuesto legalmente, los entes recaudadores del estado estan en la obligacion de iniciar cobro coactivo a deudores solidarios por vencimiento de terminos, en situaciones en las que se presenta el cese de pago de obligaciones tributarias; en este punto, surge el problema que motiva el desarrollo del presente trabajo investigativo, teniendo en cuenta que dicho cobro se realiza sin previa notificacion del titulo ejecutivo incurriendose en una posible vulneracion de derechos constitucionales. En este contexto, el presente trabajo de investigacion corresponde a un estudio cualitativo de tipo descriptivo realizado con el fin de construir conocimiento a partir de un analisis critico juridico de la vinculacion del deudor solidario en el pago de impuestos mediante el procedimiento administrativo coactivo, por el cual se regula la vinculacion del deudor solidario al procedimiento administrativo coactivo mediante el analisis de un caso puntual focalizado en dependencias de cobro coactivo en la Alcaldia de Tunja durante el periodo 2013 – 2018. De igual manera, en relacion a la metodologia utilizada en el presente estudio de investigacion se identifica un analisis – descriptivo que se deriva de la identificacion y evaluacion de la informacion contentiva de los conceptos y caracteristicas del escenario en el que se fundamenta el problema de investigacion. Asi mismo, el contenido teorico se fundamenta en la doctrina, legislacion y jurisprudencia que reglamenta el procedimiento coactivo de caracter nacional y para el caso sub examine. El resultado esperado de la experiencia investigativa es aportar conocimiento que ayude a comprender la relacion juridica - fiscal asociada a la vinculacion del deudor solidario en procedimientos administrativos de cobro coactivo, las implicaciones de posibles vacios juridicos en la violacion de derechos constitucionales al deudor solidario de un caso puntual focalizado en instancias de cobro coactivo adscritas a la Alcaldia de Tunja, con el fin de dejar un analisis reflexivo a traves del cual quede instalado un discurso sobre la relacion estado – contribuyente orientado a disminuir la brecha entre la obligatoriedad del ciudadano de pagar los tributos o impuestos a su cargo y la exigencia de las leyes tributarias.