La Institucion de Policia es un cuerpo relativamente nuevo dentro del pais, incluso, es una Institucion que se encuentra relacionada con el advenimiento de la modernidad. Su juventud como institucion puede ser uno de los motivos que dificulta su definicion fuera de las acciones que adelanta o historicamente ha adelantado. De alli que en el presente documento se haga un esfuerzo por delimitar su nacimiento y a traves de un analisis de su propio origen, se busque una definicion eminentemente conceptual, que permita comprender que es la policia y asi, que acciones son propias de la Institucion de Policia y cuales no. Lograda dicha delimitacion se busca poner una linea divisoria clara entre el Derecho Penal y el Derecho Policivo, con tres objetivos iniciales: i) diferenciar dos formas de Derecho que tienen interacciones frecuentes, pero que son abiertamente distintas; ii) construir bases conceptuales que permitan distinguir el garantismo en materia penal del garantismo en materia de derecho de policia. Permitir que el analisis del garantismo que se hace del codigo de policia no se confunda -especialmente por la complejidad del tema y la argumentacion- con el analisis del garantismo penal. Como consecuencia de los dos anteriores objetivos, establecer un analisis general del Derecho de Policia a traves del Garantismo, el cual, arroja un resultado fundamental para el estudio del Derecho de Policia, esto es, una maxima de revision de sus normas, la cual, permite determinar si la accion empleada por parte del agente o la Institucion es una accion adecuada con una vision garantista, y por que no, con el concepto de Policia. Este ejercicio permitira apostar por el tipo de derecho de policia que debe prevalecer en un estado social y democratico de derecho como el nuestro.