La Contraloria General de la Republica o sus entidades delegadas y las Contralorias Departamentales o Municipales son los entes de control fiscal, encargados de adelantar las respectivas investigaciones sobre los recursos y bienes del Estado que en algunos casos han sido causa de detrimento patrimonial o desviaciones por parte de personas naturales, personas juridicas o servidores publicos que tienen como funcion la guarda, administracion o custodia de estos; pues el control fiscal se realiza como funcion publica encargada de la vigilancia sobre la gestion del manejo de estos bienes y fondos; y se ejecuta de forma selectiva, posterior y conforme a los procedimientos establecidos en la ley al igual que los principios generales. Por su parte la jurisprudencia del Consejo de Estado nos abre un marco conceptual sobre el cumplimiento o no de estos preceptos constitucionales, puesto que la desviacion del erario afecta principalmente a los ciudadanos, de cierta manera a la economia y desarrollo del pais, de este planteamiento surge la siguiente hipotesis; si los principios generales del control fiscal estan establecidos en la ley, ?por que se debe acudir a la jurisdiccion de lo Contencioso Administrativo para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos, puesto que se ven afectados por la corrupcion de los custodios de los bienes o recursos del Estado?