El articulo 355 de la Constitucion de 1991 prohibe al Estado decretar auxilios en favor de personas naturales o juridicas de derecho privado por las practicas de corrupcion que se presentaron en vigencia de los denominados auxilios parlamentarios. Sin embargo, establece la posibilidad para los entes territoriales de celebrar contratos con entidades sin animo de lucro que tienen como finalidad promover programas y actividades de interes publico en favor de la comunidad, de acuerdo con el Plan Nacional y los planes seccionales de Desarrollo. En el marco de esta posibilidad de contratacion, el Gobierno Nacional expide recientemente el Decreto 092 de 2017, que deroga en su totalidad la regulacion contenida en los decretos 777 de 1992, 1403 de 1992 y 2459 de 1993 con el fin de frenar practicas de corrupcion generadas alrededor de esta figura y de establecer criterios y procedimientos objetivos de seleccion. En el presente escrito se realizara un analisis de los antecedentes normativos de la contratacion con entidades sin animo de lucro y de su desarrollo actual en el Decreto 092 de 2017.