Los vendedores de derivados financieros normalmente tienen una mayor capacidad de entendimiento en comparacion con los compradores y, por lo tanto, se encuentran en una posicion de superioridad para comprender totalmente las implicaciones de los productos que ofrecen, sobre todo en relacion con derivados exo- ticos y estructurados negociados en el mercado OTC. Consecuentemente, existe una necesidad de proteccion en favor de los usuarios finales de derivados financieros. Sin embargo, como la mayoria de las transacciones en el mercado OTC son llevadas a cabo entre profesionales, las cortes han sido renuentes para reconocer cualquier deber legal de asesoramiento en cabeza de los vendedores expertos que pueda generar responsabilidad civil, basandose en el argumento consistente en que los deberes fiduciarios rara vez surgen entre profesionales. En los anos noventas, Banker Trust (BT), uno de los principales vendedores de derivados financieros se vio implicado en multiples litigios con compradores en Inglaterra y EE.UU, quienes formularon pretensiones similares basadas en los conceptos legales de derecho anglosajon denominados “undue influence” (influencia indebida), misrepresentations (enunciados falsos o enganosos) y la supuesta violacion de un pretendido deber legal de asesoramiento en cabeza de BT. El presente articulo analiza las anteriores pretensiones en relacion con el principal caso decidido en Inglaterra sobre la responsabilidad en la venta de derivados financieros (Bankers Trust International PLC v PT Dharmala Sakti Sejahtera), al igual que evalua algunos de los conceptos legales relevantes en esta materia bajo el ordenamiento legal Colombiano.