El comportamiento de los individuos y su relacion con su entorno a la hora de dirimir controversias, establece una situacion compleja en la cual se involucran diversidad de disciplinas las cuales se correlacionan entre si, debido a la interdisciplinariedad de ciencias como la Psicologia y el Derecho, es por ello la importancia del rol de las emociones en materia de conciliacion a la hora de dar fin a un conflicto, ya que se pone en duda el principio de imparcialidad en la medida que permite que el conciliador atienda a sus inclinaciones personales y subjetivas, y no a las razones que puedan ofrecer una decision ajustada a derecho, ello al ser el, quien funge como tercero neutral, facilitador y proponente de formulas de arreglo dentro de la figura juridica de la conciliacion, en la cual particularmente se puede ver involucrado emocionalmente al no reconocer, gestionar, controlar y regular sus emociones al momento de enfrentar un escenario que conlleve la evocacion de experiencias vividas de forma negativa, las cuales influyen en demerito a la hora proponer formulas de arreglo para dar por terminado un conflicto, donde se veria vulnerando el principio de imparcialidad ya que la presencia de esta clase de conductas, palabras, acciones o hechos por parte del conciliador pueden hacer presumir a las partes que se esta favoreciendo a una de ellas en demerito de la otra.