El Agua es un bien vital para la salud, la vida, y la dignidad humana, es muy frecuente escuchar la preocupacion mundial por el medio ambiente y la escasez del recurso hidrico, ya que es un recurso finito esencial para la existencia humana. El reconocimiento del agua como un derecho fundamental, humano, constitucional, innominado es un paso fundamental en el camino a una mayor justicia social y ambiental en el mundo. Aunque la constitucion politica de 1991 no reconocio dentro de su contenido el agua como derecho, este reconocimiento se ha dado con via tutela en variada jurisprudencia de la corte constitucional. La corte constitucional colombiana tambien ha acogido el criterio observacion general No.15 de la organizacion de naciones unidas de 2002, la cual es una interpretacion del alcance obligacional de los estados parte de pacto internacional de derechos economicos, sociales y culturales de 1966 en adelante PIDESC en lo relativo a los factores necesarios para el correcto ejercio del derecho al agua; 1 disponibilidad, 2 calidad y 3 accesibilidad. Las personas que hacen parte de la poblacion de especial proteccion como son los ninos menores de edad, los ancianos, las personas en situacion de discapacidad, los colegios, los hospitales y las carceles tienen garantizado un minimo de 50 litros de agua diarios por persona, aunque no tengan como pagarlo y las empresas de servicios publico y el estado deben garantizarlo.