El derecho al trabajo ha sido consagrado en nuestro ambito constitucional, legal y jurisprudencial como un derecho fundamental que merece la especial proteccion por parte de las diferentes ramas del poder publico. Una de las diversas formas en que se ha visto manifiesta la efectiva proteccion del derecho al trabajo, ha sido mediante el reconocimiento legal al vinculo laboral privilegiado que existe sobre las diferentes modalidades de contratacion, que contengan implicita una relacion de caracter laboral. Esta inclusion es de suma importancia social, politica y economicamente en nuestro ambito juridico interno, ya que no gozamos de los beneficios que brindan los estados benefactores a sus ciudadanos, sino que nos encontramos en un estado social de derecho con exiguas garantias para el trabajador, quien, ante la contingencia del desempleo, dificilmente dispone de los medios economicos para subsistir. Por ello, se ha hecho necesario, encuadrar que la legislacion laboral refleje la realidad social imperante que vivimos, dando especial proteccion a los derechos de los trabajadores inmersos en contratos realidad de naturaleza civil, comercial o estatal.