El proposito del articulo es analizar la incidencia del Dano Patrimonial en el proceso contractual, que se ha dado durante la implementacion de las normas constitucionales (Constitucion politica, 1991) y legales (Ley , 1993), conllevando a un proceso conflictivo y muy ineficaz, donde han sido varios factores los influyentes en esta dinamica, entre otros, una interpretacion erronea y negativa gestion del “Estatuto de la Contratacion Publica”. El articulo intenta construir unas pautas juridicas del Dano Patrimonial que tiene una fuerte incidencia en la subcontratacion, la corrupcion y los malos procesos adelantados por las entidades publicas. La ley 80 refleja una postura ideologica, mas que una realidad economica, en lo que se refiere a la estructura y organizacion estatal; un ejemplo claro de ello, sucede en la fase precontractual donde se selecciona al mejor proponente, basado en teoria economica clasica, en abierta contradiccion con la realidad juridica y economica del pais.