Al proceder a estudiar el problema de la subsuncion, se busca responder a preguntas tales como las siguientes : ?como a los casos de especie se aplica la ley ?, komo a las situaciones concretas se aplican las normas juridicas generales ?, ?el proceso de la interpretacion y aplicacion del Derecho Positivo es logico o axiologico ?, hacional o razonable ?. Se trata, pues, de analizar como los jueces obtienen de proposiciones juridicas generales, determinadas proposiciones juridicas concretas, mediante el procedimiento de la subsuncion. El razonamiento juridico no es puramente logico, sino que se ubica en el campo de la razon practica y esta constituido fundamentalmente por un proceso de valoracion. El juez en su razonamiento practico determina cual es la decision que de conformidad con su conciencia debe dictar y, luego, busca en el Derecho Positivo, argumentos que le sirvan de base a esa decision, para que las partes litigantes, los jueces superiores que deban, eventualmente, revisar la misma, los demas juristas y la opinion publica en general, se convenzan de que su sentencia es juridica, es decir, conforme al Derecho Positivo vigente en la sociedad donde desarrolla su actividad jurisdiccional y al sentimiento colectivo de justicia. El juez hace primero una valoracion de los hechos conforme a sus convicciones morales, filosoficas, juridicas, politicas, economicas, etc. y despues busca en el ordenamiento juridico-positivo, proposiciones juridicas generales que le sirvan para justificar su fallo.