En el presente trabajo se analizara la sociedad patrimonial, que surge de la union de dos personas que por su libre voluntad y deseo de constituir una familia llevan una vida en comun. Este tipo de union entre un hombre y una mujer – la Corte Constitucional incluye a los homosexuales (sentencia C-075 del 2007)- es denominada Union Marital de Hecho (Ley 54 de 1990, art 1), la cual se da por la voluntad de la pareja de llevar una vida en comunidad compartiendo techo, cama y mesa, al igual que brindarse solidaridad, ayuda y socorro mutuos; acabando con peyorativos como amancebamiento y concubina o concubino. Sin embargo el legislador al crear la citada ley dejo muchos vacios, sobretodo en el tema patrimonial que es el que nos ocupa, el cual la altas Cortes han venido rectificando atreves de Sentencias, las cuales son el objeto de esta investigacion.