A lo largo de su historia, la intimidad ha sido entendida como una caracteristica propia del ser humano, como el cumulo de actos y actividades personalisimas que forman el nucleo del a vida individual y familiar, pudiendo ser vista tambien como un escenario que depende para su proteccion de la madurez emocional y la proteccion juridica que existente en determinado momento. Desde el punto de vista juridico, la intimidad es un Derecho que se ha descrito como imprescindible, universal, inalienable e imprescriptible, esto por cuanto al pertenecer a la persona humana y depender de su sola existencia y hallar fundamento en el principio de la dignidad humana, adquiere una suerte de proteccion especial que pocos derechos suelen ostentar. La proteccion de este Derecho se concreta cuando involucra un entorno y ambito familiar e individual, de acuerdo con cierto tipo de comportamientos, informacion, e injerencias en estos datos que deberian mantenerse de manera privada, es decir, debe permanecer en el entorno y conocimiento personal; tal como lo explica la Corte Constitucional en las sentencias, SU056 de 1995 y C- 640 de 2010, dado como un derecho Imprescindible de la sociedad y de la forma politica de gobierno democratico, como se ha definido igualmente en diferentes Constituciones de America y el mundo.