El control fiscal en Colombia esta definido en la Constitucion Nacional, lo ejercen la Contraloria General de la Republica a nivel nacional y las contralorias departamentales y municipales de las ciudades que tengan la categoria de capitales apoyados por las oficinas respectivas de control interno y por la Auditoria General de la Republica, como organo de control de la Contraloria General de la Republica. Se trata de un control posterior y selectivo. Reiteradamente se plantea la ineficacia e ineficiencia de los organos de control fiscal de nuestro pais, en relacion con la gestion de la Contraloria General y las contralorias territoriales. A pesar de lo requerido desde el orden constitucional del 91 y desde la jurisprudencia de la Corte Constitucional al respecto, el desarrollo del control fiscal a traves de la regulacion desatada por el Congreso de la Republica, en muchos casos obtiene resultados que distan mucho de lo que se espera para el correcto funcionamiento del Estado Social de Derecho.
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Latin American Legal and Economic Studies
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FuenteNUEVOS PARADIGMAS DE LAS CIENCIAS SOCIALES LATINOAMERICANAS