Al momento de conceder el registro de una marca la SIC a traves de la Delegatura para la Propiedad Industrial se encarga de realizar el examen de registrabilidad, teniendo en cuenta los argumentos y oposiciones que presenta el solicitante asi como los terceros interesados. Sin embargo, cuando la marca solicitada puede carecer de distintividad y ser de caracter generico, la entidad debe seguir los procedimientos de analisis que se han sentado mas por via jurisprudencial, haciendose la pregunta ?Que es? La marca que se quiere registrar y observar si se encuentra definida dentro de la clase solicitada. En el caso de conceder finalmente una marca con estas caracteristicas, surgen los interrogantes ?La Delegatura a traves de sus dependencias hizo el analisis correspondiente necesario para llegar a la conclusion esperada? ?Interpreto la norma conforme al precedente de las Resoluciones, recurrio al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina de Naciones, al Consejo de Estado, doctrina? ?Utilizo criterios suficientemente sustentados para no dar lugar a cuestionamientos de su decision? ?Son importantes los argumentos presentados por las partes intervinientes en este proceso?