El constituyente de 1991 conservo la linea del poder ejecutivo para los efectos de mantener el orden publico –acercandose en la forma a un esquema federal– y fijo los postulados del nuevo orden: el municipio es entidad basica; este y sus autoridades son autonomos; el alcalde es responsable del orden publico y la convivencia en su territorio como jefe de policia. Esta ultima nocion no tiene un desarrollo legal acorde, y solo se explica jurisprudencialmente por el Consejo de Estado, desde la perspectiva de policia administrativa.