Uno de los pilares de la Organizacion Mundial del Comercio (OMC), ha sido sin duda el principio de facilitacion del comercio internacional. No obstante, este principio en controversia directa con diversas normas nacionales a traves de unas tres decadas, pareciera haberse convertido mas en una aspiracion que en una realidad, en particular por la intervencion directa y las labores de control a nivel nacional de la autoridad aduanera en los regimenes aduaneros. En marzo del 2016 entro a regir en Colombia el Decreto 390, conocido como Nuevo estatuto aduanero, soportado en el sentir de sus gestores, sobre dos pilares que son tendencias de la legislacion aduanera internacional: la gestion del riesgo y la facilitacion del comercio. El presente articulo concentra su descripcion y analisis en el segundo pilar, quizas el menos tratado por doctrinantes a partir de la vigencia del Decreto 390 y, mediante un comparativo con su antecesor, el Decreto 2685 de 1999, se pretende establecer si por lo menos, existe alguna evidencia que demuestre que ciertamente la nueva regulacion propende por hacer efectivo el principio de facilitacion.