La presente investigacion surge debido a la tension existente en Colombia, entre la consagracion expresa de una rigurosa proteccion legal a los beneficiarios a titulo oneroso pactados en el seguro de vida que blinda a este contrato frente a las reclamaciones de extranos no contemplados en el seguro, con las recientes soluciones suministradas por la Corte Suprema de Justicia, que le reconoce a terceros ajenos al contrato de seguro de vida, derecho a obtener la realizacion de la prestacion asegurada por parte del asegurador, aun cuando no tengan la calidad de beneficiarios. El caso concreto, se refiere al contrato de Seguro de Vida Grupo Deudores celebrado entre la aseguradora y las entidades financieras en los que se asegura la vida de los deudores, con beneficio o en provecho de la misma entidad financiera o el acreedor financiero. Los problemas ocurren en relacion con la ejecucion de este contrato cuando a la muerte del asegurado deudor, la aseguradora por algun motivo fundado en el contrato de seguros, no paga la prestacion asegurada al beneficiario a titulo oneroso, cuyo objetivo es cancelar el saldo de la deuda a cargo del asegurado-deudor.