En la Ley 1306 de 2009 establece un regimen juridico de proteccion especial para las personas en condicion de discapacidad mental, acorde con las concepciones actuales en materia de derechos humanos y de su inclusion en la sociedad, por lo que la norma presenta una relacion de principios juridicos encabezados en la proteccion e inclusion social de toda persona natural con discapacidad mental o que adopte conductas que la inhabiliten para su normal desempeno en la sociedad. La proteccion de la persona con discapacidad mental y de sus derechos fundamentales sera la directriz de interpretacion y aplicacion de estas normas. El ejercicio de las guardas y consejerias y de los sistemas de administracion patrimonial, tendran como objetivo principal la rehabilitacion y el bienestar del afectado. Tambien en el articulo 32 impide a una persona con deficiencia mental relativa realizar cualquier actividad comercial que ponga en peligro su patrimonio o el de la familia a la que pertenece, se incluye un analisis de las jurisprudencias y pronunciamientos de las altas cortes sobre este tema, por ultimo se hara una distincion documental al articulo objeto de estudio. Palabras claves: Discapacidad mental, derechos humanos, proteccion, actividad comercial.