La posibilidad de que los ciudadanos puedan participar en la aprobacion o derogacion del proyecto de una norma juridica o de una ya vigente, asi como en la creacion o segregacion de un municipio; en la derogacion de una reforma constitucional o sometan a aprobacion un proyecto de reforma constitucional, se da a traves del mecanismo de participacion ciudadana llamado Referendo, el cual esta contemplado en la Constitucion Politica de Colombia. Este mecanismo fue reglamentado y definido a traves de la Ley 134 de 1994, en su articulo 3o: Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma juridica o derogue o no una norma ya vigente. En Colombia, se han consagrado tres tipos de referendo: el referendo derogatorio, el referendo aprobatorio, y el referendo constitucional, el cual a iniciativa del Gobierno o de un grupo de ciudadanos no menor al 5% del censo electoral, el Congreso, mediante ley que requiere la aprobacion de la mayoria de los miembros de ambas Camaras podra someter a referendo un proyecto de reforma constitucional que el mismo Congreso incorpore a la ley. El referendo sera presentado de manera que los electores puedan escoger libremente en el temario o articulado que votan positivamente y que votan negativamente. La aprobacion de reformas a la Constitucion por via de referendo requiere el voto afirmativo de mas de la mitad de los sufragantes y que el numero de estos exceda de la cuarta parte del total de ciudadanos que integran el censo electoral. En el periodo 2008 - 2011, fueron inscritos ante la Registraduria tres referendos: el referendo reeleccionista, el referendo por el agua, con el cual se busca consagrar el caracter publico del agua potable, y el referendo de cadena perpetua para violadores y abusadores de menores, que busca la reforma en este sentido, del articulo 34 de la Constitucion Politica.