La corrupcion en la contratacion publica ha sido un fenomeno que aunque no es para nada nuevo, actualmente es materia de interes a nivel nacional e internacional debido al avance que ha tenido en cada uno de los campos de accion a nivel de la Administracion Publica. Tal es su avance, que las formas delictuales a traves de las cuales se manifiesta dejan con asombro hasta a los paises mas desarrollados en materia normativa y contractual. Ademas, se observa que la necesidad del servidor publico de enriquecerse con el patrimonio estatal lo lleva a incurrir en conductas que son lesivas y contraproducentes tanto para la Administracion Publica como para la sociedad; puesto que como resultado del detrimento patrimonial del Estado, menores seran los recursos para la inversion social, empresarial, salud y demas areas que permitan el desarrollo del pais y como consecuencia no habra un desarrollo economico adecuado que permita erradicar la pobreza generada y el avance constante de lugares geograficos poco desarrollados, atentando contra la legitimidad del Estado. Como veremos mas adelante en el desarrollo de este trabajo, la corrupcion en la contratacion estatal especificamente en la licitacion publica es mas comun de lo que se cree, por ello veremos las diversas tipologias de corrupcion en esta modalidad de contratacion, ya que en la mayoria de los casos estas conductas son realizadas con pleno conocimiento de la ley. De ahi, que Transparencia Internacional tenga el siguiente concepto sobre la corrupcion: La corrupcion es una manifestacion de las debilidades institucionales, bajo estandares morales, incentivos sesgados y falta de aplicacion de la ley. El comportamiento corrupto deriva beneficios ilicitos a una persona o grupo pequeno al ignorar reglas que han sido disenadas para garantizar la imparcialidad y eficiencia. Produce resultados injustos, ineficientes y antieconomicos. Las recompensas ilicitas para un grupo pequeno que rompe las reglas se producen a expensas de la comunidad en general. Existen otros perdedores individuales, como aquellos que son obligados a pagar sobornos, los que se les niega el derecho a beneficios por no poder pagarlos y los que pierden licitaciones para suministrar bienes o servicios debido a sobornos pagados por otros. La corrupcion en la contratacion estatal arrasa completamente con los principios plasmados en la Ley 80 de 1993, texto base para el desarrollo total del tema en las entidades publicas. Principios como la transparencia, la seleccion objetiva, la igualdad, economia, planeacion, etc. son los cimientos en los cuales toda entidad se debe apoyar para que un proceso contractual sea exitoso, y asi evitar que en medio del camino se presenten situaciones extraordinarias que deriven en una terminacion anormal del proceso o la adjudicacion de un contrato a un proponente equivocado. Cabe destacar que el fenomeno no es simplemente en la contratacion a nivel Colombia sino tambien es a nivel internacional, se observa la preocupacion de Organizaciones Internacionales como la OEA, la OMC, la OCDE, Transparencia Internacional, etc., que han realizado estudios que propenden buscar como la corrupcion en la contratacion sigue abriendose camino y por que aumenta de forma alarmante. Es preciso resaltar la labor del Gobierno Nacional en cuanto al tema, puesto que en los ultimos anos se ha creado la Secretaria de Transparencia de la Presidencia de la Republica y en el ano 2011 fue expedida la Ley 1474 denominada Estatuto Anticorrupcion, en la cual se establecen medidas penales, disciplinarias y administrativas. Estas medidas de alguna manera brindan cierto parte de tranquilidad a la ciudadania, quien ya tiene una idea preconcebida de no participar en procesos de contratacion por creer que los pliegos de condiciones estan hechos y ajustados para entregar a personas especificas, sin tener en cuenta los demas proponentes. Asi mismo, la expedicion de multiples normas en materia de Contratacion Publica, sigue en auge. Ello se evidencia con la expedicion de la Ley 1150 de 2007, que modifico la Ley 80 de 1993, posteriormente fue promulgada la Ley 1474 de 2011 como se indico anteriormente y el Decreto Ley 019 de 2012, algunos decretos reglamentarios (2474 de 2008, 2025 de 2009, 3576 de 2009, 4266 de 2010, 734 de 2012), este ultimo derogado por el decreto 1510 de 2013 y este a su vez por el 1082 de 2015. En algunas de estas modificaciones, el legislador ha querido introducir medidas para combatir la corrupcion, ya que esta se ha venido convirtiendo en un obstaculo para la adecuada inversion de los recursos publicos, a traves de la incorporacion de modalidades de contratacion como la subasta inversa, la aplicacion de algunos criterios para la seleccion y evaluacion de propuestas, la aplicacion de reglas de subsanabilidad, la aplicacion de principios en la seleccion de contratistas, etc., disposiciones que deben generar un cambio positivo en los servidores que tienen a cargo la inmensa responsabilidad de brindar mejores condiciones de vida a los gobernados. La aplicacion de la etica por parte de los servidores publicos que tienen a cargo la actividad permanente en la contratacion estatal se ha venido reduciendo de manera que afecta los intereses de la comunidad, cada vez es mas visible esta conducta y cada vez el Estado busca medidas para combatir este flagelo, sin lograr resultados positivos. Es por ello, que lo que se busca con este trabajo es profundizar un poco mas en la normatividad expedida en materia de contratacion publica y ver que tan favorable ha sido la creacion de las mismas en pro de la lucha contra la corrupcion sin perder de vista claro esta el esfuerzo que ha hecho el legislador para estar a la vanguardia tanto nacional como internacional, teniendo como soporte la agencia Colombia Compra Eficiente quien ha surgido con el fin de dar un enfoque mas organizado y eficiente a la contratacion, permitiendo unificar documentos, guias y manuales que anteriormente no se acostumbraba a utilizar, pero que ha sido una herramienta util para el desarrollo de la actividad en las entidades estatales. De alli que para finalizar, daremos un vistazo a la reforma que presenta Colombia Compra Eficiente y asi orientarnos hacia donde va dicha reforma y cuales son los cambios mas enfaticos que generaran un vuelco completo al procedimiento actual establecido en el Decreto 1082 de 2015 y demas normas concordantes. Pero algo que en necesario tener presente es que si los servidores publicos no cambian la mentalidad que busca solo generar beneficios en pro de sus intereses particulares, muy dificilmente habra disminucion de la corrupcion asi la produccion normativa traiga consigo multiples avances en materia contractual.