PLANTEAMIENTO DE LA CUESTION La ley 29 de 1982 por la cual se consagro la igualdad de derechos herenciales entre los hijos legitimos, extramatrimoniales y adoptivos, ademas de hacer ajustes a los diversos ordenes hereditarios, conformo un orden Sucesoral inexistente en las normas anteriores para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, entidad creada por la Ley 75 de 1968. En efecto, el articulo 8° del ordenamiento en comento a la letra dijo: A falta de descendientes, ascendientes, hijos adoptivos, padres adoptantes, hermanos y conyuges, suceden al difunto los hijos de sus hermanos. (…)
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Aging, Health, and Disability
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FuenteRevista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas