La interrogante contenida en el titulo, surge de la inquietud que siempre me ha producido el oir hablar de abogados Constitucionalistas, y no de abogados Especialistas en Derecho Constitucional, porque en el segundo caso, alude a los abogados que han estudiado cursos de postgrado en Especialidad o Maestrias sobre Derecho Constitucional, es decir la denominacion se corresponde con un titulo academico, mientras que en el primer caso pareciera estar referido a algunos abogados que conocen el Derecho Constitucional y tienen un buen manejo de la Constitucion patria. La inquietud obedece a que no me es posible concebir un abogado que en el ejercicio o en la actividad profesional no conozca el Derecho Constitucional y no sea capaz de manejar con destreza la Constitucion de su pais; porque estoy convencida de que la colocacion de la Constitucion en la cuspide del ordenamiento juridico, no es un capricho, es una necesidad, ya que desde alli dibuja, penetra y envuelve al resto del ordenamiento juridico. Por otra parte hoy dia muchas Constituciones, no solo han positivizado los Derechos Humanos, sino que ademas remiten a los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, otorgandoles el mismo rango de su propio contenido. Y, me pregunto como podria un abogado ejercer en litigio, asesorias, u otra actividad en cualquier disciplina juridica sin conocer el documento fundamental que le da soporte; sea que la norma juridica haya nacido a la luz de esa Constitucion o que se trate de uno norma preconstitucional, ya que en ambos casos para su interpretacion y aplicacion se debe acudir a la Constitucion.