1. LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES A traves de la historia encontramos la preocupacion permanente de la colectividad por proteger los derechos de la persona; pero fue la Revolucion Francesa la que introdujo por vez primera al panorama juridico- politico el concepto de DROIT FUNDAMENT AUX, inspirada en los principios de la equidad y la igualdad entre los hombres y fundamentada en la escuela del derecho natural, preconizada por el racionalismo de HOBBES, LOCKE y ROSSEAU. Debido a la generalizacion de las cartas de derechos, inspiradas en el modelo de la Revolucion Francesa, encontramos en los ordenamientos constitucionales el proposito, mas que todo idealista y romantico, de inscribir en un texto constitucional los derechos esenciales de la persona, con el objeto de que las autoridades los conozcan y respeten. (…)
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Comparative constitutional jurisprudence studies
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FuenteRevista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas