1. PRELIMINARES Como se explicara mas adelante, hay dos formas de concebir las organizaciones comerciales unipersonales: bien como empresas dotadas de personalidad juridica o estructuradas como patrimonios autonomos o bien como sociedades iguales a todas las demas, salvo en la circunstancia de tener un socio unico. Luego se comprobara que esta distincion, en lugar de ser sutil e irrelevante, tiene considerable importancia. La nueva ley opto por la alternativa de la empresa unipersonal, aunque solo de una manera parcial, dado que consagro para esta, como legislacion supletoria aplicable, todo el libro segundo del Codigo de Comercio y en especial las normas sobre la sociedad de responsabilidad limitada. (…)
Tópico:
Comparative International Legal Studies
Citaciones:
1
Citaciones por año:
Altmétricas:
No hay DOI disponible para mostrar altmétricas
Información de la Fuente:
FuenteRevista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas