Se da por descontado en la teoria clasica del derecho, que la vida es el derecho absoluto y el cimiento sobre el cual se construye el edificio de los derechos fundamentales, de hecho sin la vida no tendria ningun sentido la promocion y proteccion de ningun otro derecho, en consonancia con esto la Constitucion Politica desde su preambulo anuncia como principio axial del constitucionalismo colombiano la proteccion de la vida, no en vano el articulo 11 del Estatuto Superior senala que el derecho a la vida es inviolable, no habra pena de muerte, pues muy a pesar de que el sentido comun nos ha indicado a lo largo de la historia que el derecho a la vida es inviolable al menos desde la optica judeo cristiana que sustenta a occidente, la Corte Constitucional Colombiana mediante la sentencia C-355 de 2006 ha cuestionado la inviolabilidad de la vida y ha relativizado este derecho madre de todos los derechos.