I. EL FUNDAMENTO TEORICO DE LOS ESTADOS DE EXCEPCION De todos es conocida la existencia de circunstancias excepcionales que, por diversos motivos, llegan a alterar el funcionamiento normal de un Estado democratico y de Derecho. Constituye una realidad la existencia de periodos de anormalidad en el desarrollo de la vida de un Estado. Y no solo una realidad, sino que en ocasiones se convierte en un fenomeno casi cotidiano, en tal sentido se ha llegado a afirmar que, “en numerosas ocasiones la anormalidad, la crisis o la excepcionalidad dejan paso o, incluso, a veces priman sobre lo que genericamente podemos denominar situaciones de normalidad u ordinarias” Si bien una de las caracteristicas del Estado de Derecho constituye la de ser un Estado normativizado, debido al fenomeno de los estados de excepcion, el derecho, que puede ser valido para epocas de normalidad, no lo es en momentos excepcionales. (…)
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Comparative constitutional jurisprudence studies
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FuenteRevista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas