(Parte Segunda de la Tesis de grado presentada por su autor para optar el titulo de doctor en Derecho y Ciencias Politicas). Capitulo I Introduccion En derecho, las pueden ser naturales o Las primeras son los individuos de la especie humana, que existen por si, sin necesidad de previo reconocimiento de la ley. Las segundas, segun el articulo 633 de nuestro estatuto civil, son ficticias, capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representadas tanto judicial como extrajudicialmente. Se han conocido tambien con el nombre de personas morales, pero desde Savingy se las llama personas juridicas. (…)