PREAMBULO Que se entiende en Derecho Penal por conducta? El primer requisito exigible para la configuracion del delito es el acto que convirtio de idea en realidad perceptible como danosa o perturbadora del orden juridico. Esa accion o actividad, en el lenguaje comun' de los escritores de esta ciencia, se traduce por la expresion humana. Algunos tratadistas alemanes llegan a declarar que lo unico que interesa al jurista es la conducta humana valorizada por el Derecho. Es que el Derecho tiene que matricular dentro de sus normas la exigibilidad de esa conducta, de esa determinacion, mejor dicho, para estructurar el tipo del delito, porque sin accion, positiva o negativa, no puede haber violacion de la norma legal, que es que constituye el hecho delictuoso. (…)