El articulo 22 del Decreto 2351 de 1965 recogio la prestacion sobre seguro de vida existente en la Legislacion Laboral colombiana y la condiciono a que estuviese a cargo de los patronos MIENTRAS EL INSTITUTO COLOMBIANO DE SEGUROS SOCIALES ASUME ESTE RIESGO. En la mencionada norma se limito el seguro de vida a $ 30.000.oo, y a $ 60.000.oo, en los casos de muerte del trabajador por accidente de trabajo o por enfermedad profesional. Recientemente la Ley 11 de 1984 modifico en su articulo 13 la norma del 2351 elevando los topes hasta un valor igual a 100 veces el salario minimo mensual mas alto y hasta 200 veces el mismo salario en los casos de accidente de trabajo y de enfermedad profesional. (…)
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Occupational Health and Safety in Workplaces
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FuenteRevista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas