La tematica de este articulo es un estudio critico de la concepcion que de las distintas modalidades de intervenciones corporales expresa la Corte Constitucional colombiana en la sentencia C-822 del 2005. En este estudio se critica la posicion de la Corte Constitucional al considerar, con base en el principio de proporcionalidad, que difusos intereses publicos pueden tener mayor peso que la garantia fundamental de la prohibicion del trato cruel, inhumano y degradante.Se proponen unas caracteristicas, un fundamento y unos limites para estas medidas. Se analiza el papel de las cargas procesales como alternativa a la utilizacion de la fuerza efectiva en la aplicacion de estas intervenciones. Asimismo se examina la eficacia probatoria de estas medidas