Constitucion Politica (1991), precedente y derecho privado, confluyen en una tarea encargada a la jurisdiccion constitucional, en la defensa de principios y derechos que forman el corpus de la dogmatica de la Carta e inciden en lo material de la controversia tutelada. Ello de algun modo coarta la autonomia de la voluntad privada en el contrato, situacion genitora de discusiones sobre asuntos sustantivos y formales, correlacionados con las controversias que la Corte Constitucional aborda, especialmente en las sentencias tipo t y de las cuales desprende la concrecion del precedente, como instrumento del imperativo constitucionalizante para el derecho privado. Una exploracion analitica-textual de tales controversias, da lugar a una reflexion abierta en el marco formalista o del impuro, propiciando nuevas ecuaciones juridicas