Durante largos anos nuestra comunidad ha tenido conocimiento, bien directamente o de oidas, de la existencia de una practica segun la cual los comerciantes compran y venden un derecho intangible, genericamente denominado comercial. Este concepto suele estar asociado al local comercial, entendido como unidad fisica susceptible de aprovecharse con una actividad mercantil; en otras ocasiones se le asocia al propio negocio comercial, caso en el cual la prima equivale al buen nombre o credito de que goza el negocio; finalmente, se entiende por prima, el sobreprecio o bonificacion que paga un comerciante para tener derecho a tomar en arrendamiento un local comercial que se encuentra desocupado.
Tópico:
Comparative International Legal Studies
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FuenteDOAJ (DOAJ: Directory of Open Access Journals)