Este trabajo se ocupa del tema de la prescripcion en los seguros previsionales (invalidez y sobrevivencia) adquiridas por las sociedades administradoras de Fondos de Pensiones odonde han surgido dos tesis en el Derecho colombiano. Por una parte, quienes propugnan por la aplicacion del articulo 1081 del codigo de comercio y de otra, quienes consideran que los seguros previsionales tienen una regulacion especial contenidas en las disposiciones sobre la seguridad social que tienen prevalencia por ser posteriores a la expedicion del codigo de comercio y porque tales disposiciones de seguridad social en pensiones fueron el origen de esta modalidad de seguros. Ademas, el hecho de ser considerada la seguridad social un derecho fundamental por conexidad por la jurisprudencia de la Corte Constitucional y que se halla estimado como imprescriptible el derecho al pension y solo sujetas a prescripcion las mesadas pensionales, esas consideraciones tienen una influencia directa en la manera como opera la prescripcion en este tipo de seguros.