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LA BUENA FE COMO FUNDAMENTO DE LOS DEBERES PRECONTRACTUALES DE CONDUCTA: UNA DOCTRINA EUROPEA EN CONSTRUCCIÓN

Acceso Cerrado
ID Minciencias: ART-0000770477-14
Ranking: ART-GC_ART

Abstract:

El ordenamiento juridico reconoce o admite que la autonomia privada sea el punto de partida y conformacion del contrato, pero no hasta el punto de considerar que, asi las negociaciones preliminares permitan la concrecion de un contrato, este tenga un sistema propio o autonomo, que este sujeto a los terminos incluidos en el texto contractual. Por el contrario, las reglas generales del juego siguen siendo las establecidas por el marco normativo en su conjunto y por tanto comparten una necesaria adecuacion del acuerdo contractual (lex privata,) a las mismas. Asi, el principio de buena fe se hace presente, se extiende de igual forma, en el contenido de eticidad de cada acto que deba examinarse a la luz de las circunstancias particulares, direccionando las conductas humanas y en especial los actos y contratos que gobiernan la convivencia, de tal forma que estas prescripciones generales siempre seran aplicadas, no solo al acuerdo contractual, sino que tambien estaran llamadas a gobernar todo el proceso tanto de formacion, como el de perfeccionamiento y ejecucion.

Tópico:

Comparative International Legal Studies

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Información de la Fuente:

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FuenteRevista de derecho
Cuartil año de publicaciónNo disponible
Volumen30
Issue30
Páginas30 - 74
pISSNNo disponible
ISSN0716-9132

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