La investigacion sobre Potestad rectificadora de errores aritmeticos y materiales de los actos administrativos comprende un estudio claro y preciso sobre los alcances juridicos de la facultad de rectificar errores aritmeticos y materiales de los actos administrativos, los requisitos, terminos para hacer uso del derecho de correccion, anotando que la equivocacion material o yerro matematico no son fuentes de derecho ni fundamento para un enriquecimiento injusto; se concluye estudio haciendo prevalecer la buena fe y derecho sustancial en las actuaciones de las autoridades frente al yerro judicial, sin que sea motivo la rectificacion para reabrir la via gubernativa, pues seria un fraude a la ley. Se coincide con la Corte Constitucional al decir que, el error aritmetico se refiere a aquellas equivocaciones derivadas de una operacion matematica que no altere los fundamentos ni las pruebas que sirvieron de base para adoptar la decision. En otras palabras, los errores aritmeticos son simples equivocaciones cometidas al consignar un determinado numero o resultado de operaciones aritmeticas sometidas a reglas claramente establecidas, permaneciendo fijos los sumandos o factores