En 1983, con base en el Decreto 3541 y con el fin de mejorar el manejo del impuesto a las ventas, se crean dos formas para ingresar al universo de este impuesto: regimen simplificado y regimen comun; al primero pertenecerian pequenos comerciantes, caracterizados como personas naturales, que no superaran el tope de ingresos y no tuvieran mas de dos establecimientos de comercio, mientras que al regimen comun pertenecian las personas juridicas y las naturales que no cumplieran los requisitos para estar en el simplificado. Esta estructura actualmente se mantiene, pero las diferentes reformas tributarias han incrementado los requisitos para pertenecer al simplificado. Esta situacion ha llevado a que una gran cantidad de personas, que antes tenian pocas obligaciones frente a este tributo, se vieran abocadas a inscribirse, o que la Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales los clasifique de oficio, en el Regimen Comun del Impuesto a las Ventas. Estar inscrito en el Regimen Comun conlleva una gran cantidad de obligaciones que se deben cumplir so pena de ser sancionados economica o moralmente. Este estudio es una aproximacion a los costos que se puedan derivar de estas obligaciones.