Una de las multiples dimensiones de la ley natural es el ser norma juridica, es decir, principio informador de relaciones juridicas y medida de derecho. En tanto norma juridica, la ley natural aparece como norma de rango constitucional, es decir, como ordenacion esencialisima y jerarquicamente superior, que es a la vez principio y clausula limite de las normas ordinarias. Por tratarse de un sector del orden constitucional que contiene exigencias universales de justicia captables por la razon natural y asentadas en la naturaleza humana, las normas constitucionales-naturales constituyen un nucleo de juridicidad comun a todos los pueblos, por lo que parte del orden constitucional interno se identifica con el nucleo del derecho comun