Al ser el matrimonio de los bautizados un sacramento, cae bajo la jurisdiccion originaria y exclusiva de la Iglesia. El matrimonio goza del favor del derecho. Esta presuncion del derecho es para proteger o tutelar una ley divina superior, es decir, la indisolubilidad del matrimonio. Las condiciones para la validez del matrimonio sacramental estan puestas por el Derecho divino (natural o positivo) y, para los bautizados catolicos, tambien por el derecho canonico. El derecho canonico exige para la validez del matrimonio: a) personas juridicamente habiles, es decir, que no tengan ningun impedimento dirimiente (cans 1073, 1083-1094); b) personas capaces de otorgar un consentimiento libre y deliberado, y de asumir las obligaciones esenciales (can 1095, que es la declaracion de derecho natural); c) la forma canonica, que consiste en casarse por la Iglesia ante el ordinario del lugar o el parroco, o ante el sacerdote o diacono (validamente delegado por uno de ellos) (can 1088 &1).