Desde hace un tiempo el derecho penal inter-nacional –Volkerstrafrecht– (o derecho interna-cional penal) ha venido cobrando una inusitada importancia y la forma en la que se le ha venido comprendiendo, por lo que podria ser llamada postura mayoritaria, no parte de diferenciar el saber del derecho penal internacional –Wissen des Volkerstrafrechts– de los siguientes con-ceptos: (i) del poder punitivo internacional –in-ternationale Strafgewalt–, lo cual conduce a ver al saber penal internacional como una expre-sion unicamente punitiva, violenta y culminar asi en calificarlo como una manifestacion del “neopunitivismo” y (ii) de la legislacion penal internacional –internationales Strafgesetz–, lo que culmina en confundir el objeto de estudio –legislacion– con el resultado de ese estudio –saber–.