El presente articulo intenta poner de presente una concepcion de lo social que parte de la guerra como motor y fundamento de la organizacion juridica y politica. A diferencia de la tradicion contractual que concibe la existencia del Estado y el derecho desde la superacion de la guerra y el estado de naturaleza, Foucault presenta elementos teoricos, retomados en este texto y denominados perspectiva belica, para comprender algunos fenomenos sociales imbuidos en la logica de la guerra. La utilidad de la perspectiva belica desarrollada por Foucault sera puesta de presente en el analisis de una teorizacion y practica actualmente denominada “derecho penal de enemigos” y que muestra como ninguna otra la logica de la guerra que anima al Estado y su derecho. El derecho penal de enemigos sera abordado a partir del desarrollo de tres elementos fundantes: i) la seguridad cognitiva; ii) la forma como se individualiza al enemigo; y iii) los argumentos usados para legitimar la existencia del derecho penal de enemigos concebido como “la regulacion juridica de la exclusion”. Palabras clave: Foucault, derecho, guerra, seguridad, enemigo, exclusion.